Buenas tardes,

El pasado 15 de mayo del 2020, la XXIII Legislatura del Congreso del Estado de Baja California, publicó la reforma a diversos artículos a la Ley de Salud Pública del Estado de Baja California, estableciéndose en el artículo 153 de la citada Ley, como nueva obligación, el pago para obtener la denominada “Licencia Sanitaria”, a diversos giros, mismos que se encuentran afiliados ante los organismos empresariales, que se ha sumado a las acciones contra el incremento de impuestos e imposición de nuevas obligaciones tributarias, entre las que destacan CANIRAC, CANACOPE, CANACO, COPARMEX, CANACINTRA, , CANADEVI, CMIC, AEBC, CIRT, INDEX, CANACAR, AAATYT, COLEGIO DE CONTADORES DE B.C., DEITAC, COTUCO, ASOCIACIÓN DE HOTELES Y MOTELES, ASHONO, entre otros.

Cientos de empresas ya se han sumado a este movimiento y aquí encontrará los pasos que debe hacer para presentar el amparo

En este momento nos encontramos preparando los amparos para poder frenar esta acción que consideramos inconstitucional.

Sólo las empresas que sigan las presentes instrucciones podrán acceder a este medio de defensa, por lo que en preparación para la presentación de la demanda necesitamos que identifique si usted pertenece alguno de los siguientes sectores: expendios de alimentos, bebidas alcohólicas y no alcohólicas; rastros, albercas y baños públicos; centros de reunión y espectáculos, establecimientos que prestan servicios de asistencia social; hoteles y moteles, funerarias, peluquerías, salas de belleza y masajes; transportes de carga de alimentos y perecederos y centros de desarrollo infantil. Si usted pertenece a este grupo y su información legal lo acredita, deberá preparar lo siguiente.

  1. Una copia certificada del acta constitutiva y 9 copias simples engrapadas. (primer legajo en un sobre cerrado con la leyenda acta constitutiva y el nombre de la empresa).
  2. Una copia certificada del poder notarial si es que el acta constitutiva antes descrita, no le da poderes. Si el acta constitutiva le da poderes, con que marque con un plumón de color el nombre del representante legal, será suficiente. De lo contrario, deberá exhibir el poder en copia certificada con 9 copias simples. (Segundo legajo en sobre el original con sus 9 copias simples). Que el sobre contenga la leyenda poder notarial.
  3. Constancia de situación fiscal, donde se reflejen las obligaciones fiscales y su actividad preponderante. (Digitalizada con firma electrónica), en un sobre con sus 9 copias simples (Tercer legajo).

Los tres incisos tendrán que entregarse en ese orden y engrapados por separado.

Deberá enviarlos de forma personal a nuestra firma para que sean revisados y calificados como correctos para poder presentar su amparo. Nuestra firma le indicará qué día podrá pasar el representante legal a firmar la demanda de amparo.

Cuarto legajo. Si usted desea traer la firma del representante legal junto con los anexos. Deberá llenar el formato de firma en 9 copias y tendrá que integrarlo en un sobre por separado en hojas tamaño oficio. No podrá ser tamaño carta ni legal, solo tamaño oficio mexicano. Descargue el formato para llenarlo y firmarlo.

Cualquier incumplimiento nos impedirá presentar la demanda de amparo. Si tiene duda puede contactarnos y con mucho gusto lo atenderemos. Le recuerdo que este movimiento no tiene costo para usted y nadie se encuentra autorizado para solicitar cantidad alguna.  

Por favor para cualquier duda escribir a contacto@tueresbc.org o visite el enlace ¿dónde acudir? para asistencia telefónica.

 

 

 

 

Un movimiento organizado por: